jueves, 9 de enero de 2014

Un Caballero con poca memoria


Al parecer, el recientemente designado subsecretario de Asuntos Policiales del Chaco, Jorge Edmundo Caballero, tiene memoria selectiva. O al menos eso demostró al momento de declarar en calidad de testigo en el juicio por la denominada “causa Caballero”, en el cual se ventilaron delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. En su declaración dijo que los presos políticos de la alcaidía de Resistencia estaban “en buen estado”, aseguró no haber visto torturas, sostuvo que sólo conoció la picana eléctrica “por comentarios” y destacó que los detenidos “comían bien”. Cuando le preguntaron si recordaba qué ocurrió en el país el 24 de marzo de 1976, de manera insólita respondió: “No me acuerdo”.
Jorge Edmundo Caballero, flamante subsecretario de Asuntos Policiales del Chaco

Caballero es un comisario retirado de la policía chaqueña que el 6 de enero de este año volvió a la actividad de la mano del gobernador en ejercicio, Juan Carlos Bacileff Ivanoff. A partir de esa fecha se convirtió en el nuevo subsecretario de Asuntos Policiales. Tras asumir, se mostró optimista. Prometió “trabajar muchos” para tener “resultados rápidos” en materia de Seguridad.


Tres años antes, el 5 de octubre de 2010, el mismo Caballero se acomodaba en su silla frente a los jueces del Tribunal Oral Federal de Resistencia. Era la 33º jornada del juicio oral en la denominada “causa Caballero” (en referencia al represor Humberto Lucio Caballero), en la cual se ventilaban los tormentos y torturas infligidas contra detenidos por razones políticas antes y durante la última dictadura en el Chaco.

El ahora flamante funcionario fue convocado como testigo por la defensa de los genocidas. Al comenzar su relato, recordó haber iniciado su carrera policial en 1975, para un año después pasar “6 o 7 meses”, destinado a las guardias de la alcaidía de Resistencia. El resto del tiempo lo pasó en administración “en economato”, según precisó.

De acuerdo a la crónica que realizó en ese momento el periodista Marcos Salomón, Caballero no aparentaba los 55 años que declaró tener. Fue muy conveniente a la defensa, que se turnaba para preguntar: Juan Manuel Costilla (defensor oficial), José Oscar Gómez y Ricardo Osuna, principalmente, y también trató de mostrarse como alguien piadoso, presentándose como “católico carismático” y por haber ayudado a presos políticos.

El funcionario declarando como testigo en la "causa Caballero".  
No vio tortura en la Alcaidía: “Conozco la picana por comentarios”, dijo. Aseguró que los presos políticos se encontraban en “buen estado” de salud y físico.
Y se despegó de cualquier contacto con los reclusos: “Yo cuidaba el perímetro externo, no tenía contacto con los presos políticos”. Los suboficiales, que reportaban directamente al jefe de la Alcaidía -Núñez- eran los encargados de vigilar a los presos políticos.

Lo mejor vino cuando contó su trabajo administrativo, en particular como encargado de racionar la comida: “Había pescado de mar y los fines de semana asado. Yo mismo probé por primer vez la merluza”, aseguró Caballero.

Para mostrar su buen trato hacia los presos políticos, el testigo afirmó que facilitó el encuentro de Carlos Aguirre y Pilín Rodríguez con familiares, acto por lo que recibió una recriminación verbal y pasó a realizar trabajos administrativos.

Recordó sus días en la Alcaidía como pocos felices, sobre todo porque “no estaba preparado para esa tarea. Yo me entrené para ser policía”, justificó.

Para tratar de ubicar al testigo en qué meses de 1976 estuvo en la Alcaidía, el presidente del Tribunal Oral Federal, Víctor Antonio Alonso, le preguntó si recordaba qué sucedió el 24 de marzo de 1976: “No me acuerdo… Lo de Margarita Belén…”.

Si bien Caballero admitió que el régimen carcelario de los presos políticos era más estricto, declaró que “estaban en celdas individuales”, que en algunos calabozos de castigo “se guardaban cosas porque no se usaban”, que la comida y era buena y que “había un trato igualitario” entre la población carcelaria.

Sobre ese punto, Alonso lo indagó a fondo, con cara de pocos amigos, llevando al testigo a una zona peligrosa. Otro traspié de Caballero fue cuando el querellante Mario Bosch le preguntó sobre las condiciones carcelarias. Lo llevó a recordar someramente la cantidad de presos políticos en la Alcaidía: entre 50 y 60, con 18 celdas. “Sí, había un poco de hacinamiento”, terminó reconociendo.


miércoles, 8 de enero de 2014

Aunque la Constitución lo prohíbe, habilitan a ejercer cargos públicos a policías condenados por apremios ilegales


Al menos seis policías de la Provincia del Chaco que fueron condenados por apremios ilegales fueron rehabilitados por el Gobierno para ejercer cargos públicos. Esta decisión es contraria a lo que postula la Constitución Provincial la cual establece de manera taxativa que quienes son condenados por estos delitos quedarán inhabilitados de por vida para la función pública.

El artículo 27 de la Constitución de la Provincia del Chaco, establece que los funcionarios autores, partícipes, cómplices o encubridores de torturas, vejámenes, tratos crueles, degradantes o inhumanos serán sumariados y exonerados del servicio al cual pertenezcan y “quedarán de por vida inhabilitados para la función pública”.

Sin embargo, en los últimos seis años al menos seis policías chaqueños fueron rehabilitados para ejercer cargos públicos, vía decreto, a pesar de haber sido condenados por la Justicia por violaciones a los derechos humanos.

Con esto, podrían volver a trabajar como empleado en el Estado, postularse para algún cargo electivo o hasta volver a la Policía. De todos modos, en cada uno de los decretos, se aclara que esta rehabilitación no implica que vuelvan a sus puestos en la Fuerza. Aunque tampoco lo prohíbe expresamente.

Según datos aportados por fuentes judiciales, el primer caso detectado surge del decreto 916/08, dictado el 11 de marzo de 2008. En el mismo se rehabilitó para ejercer cargos públicos, a los policías César Esteban Rodas, D.N.I. Nº 22.592.486 y Gustavo Fabián Núñez, D.N.I. Nº 23.512.446. Ambos habían sido cesanteados mediante el decreto 2210/06 porque por sentencia del Juzgado Correccional de la Ciudad de San Martín, dictada el 13 de mayo de 2004, se los condenó como “autores responsables del delito de apremios ilegales” en el expediente. 147/03 “Rodas Cesar Esteban, Núñez Gustavo Fabian s/Apremios Ilegales”.


El siguiente es el que establece el decreto 2746/08 dictado el 18 de julio de 2008. Aquí se rehabilitó para ejercer cargos públicos al uniformado Ramón Ignacio Valdez (L.E. Nº 8.439.775-M). Valdez fue cesanteado de la Policía del Chaco mediante decreto 926/97 luego de haber sido condenando el 25 de marzo de 1996 por la Cámara en lo Criminal de Villa Ángela en la causa caratulada “Valdez Ramón y otros s/Apremios Ilegales y lesiones graves en concurso ideal”.


El tercer caso se dio a través del decreto 946/09, dictado el 19 de mayo de 2009. Acá se otorgó la rehabilitación para ejercer cargos públicos al policía Oscar Guillermo Vega, D.N.I. N° 22.687.027. Pero resulta que Vega también había sido cesanteado por ser condenado por la Cámara en lo Criminal de Villa Ángela, en los autos caratulados “Valdez Ramón y otros s/Apremios Ilegales y lesiones graves en concurso ideal”.

También, el decreto 705/09, dictado el 21 de abril de 2009, rehabilitó para ejercer cargos públicos al policía Javier Indalecio Fernández, D.N.I. Nº 24.787.639. Pero resulta que Fernández fue cesanteado de las filas policiales mediante decreto Nº 2.422/07, luego de haber sido condenado por el Juzgado Correccional N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, en los autos caratulados: "Fernández Javier Indalecio-Vega Oscar Guillermo-Meza Rubén Pablo (principal) s/Apremios Ilegales", expediente N° 423/03, por Sentencia N° 98 de fecha 07/09/04.

En tanto, el decreto 2352/09, dictado el 9 de noviembre de 2009, otorgó la rehabilitación para ejercer Cargos Públicos a Luís Roberto Palavecino, D.N.I. N° 21.176.999. Sin embargo, Palavecino fue cesanteado en su calidad de empleado policial mediante decreto Nº 1468/06 del 26 de febrero de 2006, tras ser condenado por la Cámara Criminal N° 1 de la Ciudad de Resistencia, por Sentencia N° 121/05 por el delito de “apremios ilegales”.



El sexto en cuestión es el que refiere el Decreto 2347/10 dictado el 26 de noviembre de 2010. A través de este instrumento se otorgó la rehabilitación para ejercer cargos públicos al policía Carlos Dionisio Valentín Pare, D.N.I. N° 21.837.053. Sin embargo, este uniformado fue cesanteado del servicio policial mediante Decreto N° 926/97 en la misma causa judicial que Valdez. La Cámara en lo Criminal de Villa Ángela lo condenó en la sentencia N° 12/96, en los autos caratulados “Valdez Ramón y otros s/Apremios Ilegales y lesiones graves en concurso ideal”.


¿Qué es la inhabilitación?

La inhabilitación para ejercer cargos en el sector público es una pena accesoria que se aplica a un condenado por torturas, vejámenes, apremios ilegales y todo otro delito que viole los derechos humanos de las personas privadas de su libertad. Esto le impide, por ejemplo, el ejercicio en el empleo público y postularse a cargos electivos, entre otros. Judicialmente está regulado en el artículo 19 y 20 del Código Penal.

Si bien la rehabilitación está prevista en el artículo 20 del Código Penal para cuando termine la condena y en el ámbito interno de la Policía la rehabilitación está contenida en el artículo 152 del viejo reglamento disciplinario policial Decreto 463/58 (derogado por decreto 706/13), se debe tener en cuenta que el empleo público en el Chaco se regula por la Constitución Provincial y las leyes provinciales, las cuales están por encima de cualquier ley nacional por ser una cuestión no delegada a la Nación.

El caso Greco

A esto cabe añadir la responsabilidad internacional del Estado chaqueño ya que el 22 de octubre de 2003, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos aprobó un acuerdo de solución amistosa en el Caso Juan Ángel Greco vs. Argentina, (Caso 11.804). De conformidad con el acuerdo amistoso, el Estado (Argentino y por ende la instancia provincial además) se comprometió entre otras cuestiones a "continuar impulsando medidas legislativas y administrativas para una mejor protección de los Derechos Humanos" así como acentuar los mecanismos administrativos de control, investigación y sanción de los empleados policiales "direccionándolo hacia una más efectiva protección de los derechos humanos, por parte de la Policía de la Provincia".

jueves, 2 de enero de 2014

"¿Quiere que le hable sobre el Pentotal? Le puedo hablar de eso"

El médico policial, Héctor Grillo, fue un símbolo de la pata civil de la dictadura en el Chaco. Fue detenido en diciembre de 2011, acusado de utilizar sus conocimientos médicos para alargar la agonía de los detenidos políticos en la mesa de tortura y así poder sacarles más información.  
Murió el 30 de diciembre de 2013.    
Héctor Grillo, en 1983.
Dos años antes de su muerte y un día después que lo detuvieran por participar de sesiones de tortura durante la represión ilegal en el Chaco, el médico policial, Héctor Grillo permanecía sentado en una oficina del Juzgado Federal de Resistencia. Lo indagaban el ex conjuez, Juan Piñero y los fiscales, Patricio Sabadini y Diego Vigay. Su declaración pendulaba entre el cinismo y la negación. Se podría resumir así: él no fue, no supo, no estuvo.

- En su función como médico ¿atendió a personas torturadas?- le preguntaron a Grillo aquella mañana de diciembre de 2011.

- Muchas personas se hacen las víctimas. Yo no conozco a esta persona que me denuncia ni tampoco ella a mí. Grillo era el más conocido, el más trascendente. Como esto aparece muchos años después, no le acusaría a un muerto. Concretamente me meten preso por algo que no era yo, la descripción de esta señora es bien clarita.   

- ¿Tuvo conocimiento que hubo personas que fueron torturadas a metros de Casa de Gobierno?

- Me niego a contestar eso.

- ¿Sabe qué efecto produciría una inyección de Pentotal en caso de ser colocada en la columna?

- No tengo idea el efecto que produciría al poner en la columna. ¿Quiere que le hable sobre Pentotal?. Le puedo hablar de Pentotal. En principio es un hazmerreír que yo vaya a un galpón sin luz a poner el Pentotal. No se pone en la columna. No existe en la bibliografía médica, no hay medicación que se haga en la espalda. Antes se hablaba de una vacuna que se ponía a la gente que entraba al Ejército. El Pentotal se hace solo de manera intravenosa.

Al terminar la indagatoria, se quejó por la celda en la que estaba preso. Dijo que no podía estar ahí. El colchón en el piso le hacía doler la columna. 

***

Desde el Informe Final que la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados presentó ante la sociedad en 1985 donde se revelaron las atrocidades que perpetró la dictadura, el nombre de Grillo se repitió una y otra vez en los testimonios de ex detenidos políticos que sufrieron los peores vejámenes y torturas físicas y psicológicas.

Sin embargo, recién en los últimos años la Justicia federal dio pasos concretos en cuanto a la posibilidad de sentar en el banquillo al ex médico policial. Uno de los primeros se dio en diciembre de 2009, cuando el por ese entonces fiscal ad hoc, Roberto Mena, presentó un requerimiento de instrucción ante Piñero pidiendo que se impute a Grillo y a una treintena de represores el delito de asociación ilícita, una figura penal que dejaba asentado que en la provincia hubo una organización delictiva, que se dedicaba a torturar, matar y secuestrar. Todo, bajo el amparo del Estado.

En su presentación, Mena puntualizó que Grillo tenía la función dentro de la asociación ilícita de participar en actos de tormentos poniendo a disposición de los autores de las torturas su conocimiento médico a fin de supervisar el sufrimiento de la víctima.

El requerimiento expresaba que Grillo también cometía delitos por omisión al no comunicar al Poder Judicial el estado de deterioro de las víctimas que en reiteradas ocasiones le revelaban las marcas de torturas y vejámenes que padecían, así como las condiciones lamentables de encierro. "Resultando su obligación denunciarlas por ser funcionario público con conocimientos específicos", señaló el exfiscal.

A ese requerimiento, le siguió un segundo. Fue el que presentó en abril de 2010 el por ese entonces fiscal Federal, Gustavo Corregido. El mismo solicitaba que se impute a Grillo y a una veintena de represores por los delitos de apremios ilegales, violación calificada y privación ilegítima de la libertad.

En el requerimiento, se detalla el infierno que tuvo que atravesar una detenida política (que para evitar su revictimización aquí se omite su nombre). El escrito recuerda que la mujer fue apresada en Resistencia junto a su hijo. El operativo estuvo a cargo de personal de civil perteneciente a la Brigada de Investigaciones. Luego de tres días de tormentos y torturas la trasladaron a un galpón ubicado cerca del río, probablemente Barranqueras, por el tiempo de viaje y el olor de la costa.

Según relató, entre golpes e interrogatorios, el médico Grillo le colocó Pentotal en la espalda. Cabe recordar que el Pentotal (Tiopentato de sodio) es una droga que tiene un efecto sedante que desconcierta a la víctima y que los militares lo utilizaban como "suero de la verdad". Sin embargo, el uso más conocido de esta droga durante la dictadura fue para sedar a los detenidos políticos que posteriormente eran arrojados vivos al mar desde aviones.

Además, mientras los represores Gabino Manader y José Cardozo (fallecido impune) la interrogaban, Grillo controlaba el pulso y el ritmo cardíaco de la detenida. Posteriormente y por la acción del sedante y la tortura, la víctima perdió el conocimiento y reacciona tiempo después en una sala de la Brigada de Investigaciones. Allí, permanece junto a unos 30 detenidos que son torturados permanentemente y por efectos del Pentotal queda 40 días con la pierna derecha paralizada.

Grillo pertenecía al grupo Grupo de Artillería 7 y era miembro del cuerpo profesional del escalafón sanidad de la policía de la provincia en dependencia de los cuarteles de La Liguria. Uno de los hitos en su carrera, fue la firma de las actas de defunción de algunos de los fusilados en Margarita Belén, como Manuel Parodi, Patricio Tierno y Carlos Duarte.

Ya en democracia, devino en próspero empresario. Su chalet ubicado en la calle Salta al 500 y el sanatorio Galeno, de Necochea al 200, que es de su propiedad, así lo demuestran. También se dedicaba al golf, donde llegó a tener cargos directivos dentro de la asociación que nuclea a los golfistas chaqueños.

Una de sus últimas apariciones públicas fue el 4 de junio de 2010 en una nota publicada en el portal Diario Chaco. Bajo el título: "Médicos de la región crearon la Unión Gremial de Sanatorios del Nordeste", Grillo aparece en el centro de una foto, sentado, con sus 67 años encima, rodeado de distintos dueños de clínicas chaqueñas.

***

En agosto de 2010, y mientras se sustanciaba el juicio por la Causa Caballero 1, Grillo se presentó ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia con la idea de prestar declaración testimonial. La intención del médico se frustró luego de que el abogado querellante, Mario Bosch y el Fiscal General, Germán Wiens Pintos recordaran que estaba imposibilitado de hacer tal declaración debido a que era uno de los requeridos en la causa Caballero Residual.

Donde sí lo dejaron declarar fue en el  juicio por la Masacre de Margarita Belén. Fue el 16 de septiembre del año pasado. Esa mañana ingresó a la sala rengueando. Se lo vio bastante demacrado, pero en ningún momento demostró nerviosismo.

Como era de esperarse, durante toda su declaración se ciñó a la historia oficial; "Fui convocado para certificar el deceso de unos fallecidos que estaban en el regimiento un lunes a última hora de mi guardia ( 13 o 14 horas aproximadamente)". Llegó en un patrullero, no recuerda si acompañado o sólo, tampoco la autoridad que lo convocó.

Contó que vio 6 o 7 cuerpos en el suelo, estaban vestidos, medianamente limpios, no tenían lesiones pero si múltiples heridas de bala en abdomen y tórax. Todos eran nn. Había una mujer. No había cadáveres con balazos en la cabeza. Después de constatar todo esto, en Sanidad hizo los certificados de defunción. Como la causa de muerte "era evidente" no hizo autopsia.

Cuando se le preguntó por la posibilidad de notar un fémur quebrado sin autopsia respondió que en caso de producirse un desvío la fractura es evidente, pero que también pude pasar desaperciba. La pregunta hace referencia a Carlos Zamudio, asesinado en la Masacre. Zamudio tenía una fractura perimortem en el fémur izquierdo.

- ¿Usted sabía que es obligatorio hacer autopsias en caso de muerte violenta?"preguntó el querellante Mario Bosch.


-No - respondió Grillo, autor de un libro sobre medicina legal, y con una dilatada trayectoria como perito.